Acceso a la Actividad
EJERCICIO DE LA PROFESIÓN EN ESPAÑA CON TÍTULO PROFESIONAL DE LA UNIÓN EUROPEA

1. Pasaporte, documento de identidad o certificación acreditativa de la identidad del interesado, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad y domicilio, así como la tarjeta de residencia si la tuviere en España.
2. Certificación de inscripción ante la Autoridad profesional competente del Estado miembro de origen, expedida con una antelación máxima de tres meses, acreditativa de que el interesado es un profesional de la abogacía en los términos del art. 2 del R.D. 936/01 y en la que se incluya la correspondiente información disciplinaria. La certificación expresará la designación, domicilio, teléfono, fax y correo electrónico de la Autoridad certificante.
3. Certificación que acredite el alcance territorial y cuantitativo de la cobertura del seguro de responsabilidad civil profesional, si lo tuviese concertado en su Estado de origen, a los fines del art. 13 del R.D. 936/01.
4. Certificaciones de antecedentes penales, tanto en España como en el Estado de origen.
5. Una fotografía tamaño carnet (dos fotografías si la presentación no se realiza por medios telemáticos).
6. Declaración del domicilio profesional que se propone establecer en España.
7. Justificante de ingreso bancario por importe de 1.531,65 € en concepto de Alta de Colegiación, en la cuenta bancaria del Colegio de Abogados de Alicante, Banco de Sabadell, cuenta 0081-0180-79-0001447350.
8. Justificante de alta en el Censo de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria (modelo 037), o certificado de la empresa cuando fuera a ejercer exclusivamente por cuenta ajena.
9. Certificación que acredite tener cubierta su previsión social profesional en su Estado de origen con un nivel equiparable al de los abogados españoles o, a falta de ello, formalizar su ingreso en la Mutualidad General de la Abogacía, Mutualidad de Previsión Social a prima fija, o en el Régimen de la Seguridad Social Española que corresponda a la modalidad del ejercicio que haya de realizar en España.
10. Domiciliación bancaria para el pago de las cuotas periódicas, variables o extraordinarias que el abogado inscrito haya de pagar.
11. Declaración jurada o promesa de, en su actividad en España, acatar la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico y de cumplir fielmente las obligaciones y normas deontológicas de la profesión de Abogado, como determina el art. 16 del Estatuto Gral. de la Abogacía, comprometiéndose a su ratificación pública ante la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados.

Para más información sobre el procedimiento de homologación de títulos extranjeros consulte la Web del Ministerio de Educación y Ciencia: http://www.mec.es/

MODO DE PRESENTACIÓN

Presentación telemática: Junto al formulario de solicitud, deberán remitirse los documentos requeridos, en formato pdf, jpg o tiff. No obstante la documentación original a que se refieren los números 1, 2, 3, 4, 8, 9 y 10 deberá remitirse al ICALI por correo certificado o personalmente mediante copia autenticada y traducción jurada al castellano, en un plazo máximo de siete días hábiles, transcurrido el cual se producirá la caducidad de la solicitud de colegiación, sin perjuicio de que el interesado pueda iniciar de nuevo el procedimiento. El justificante a que se refiere el número 7 sólo surtirá efecto desde el momento en que se verifique el ingreso en la Tesorería colegial.

Presentación en las oficinas colegiales (calle Gravina, 4-2º, Alicante): Toda la documentación a presentar deberá ser autenticada y acompañada de traducción jurada al castellano.


ENVIO DOCUMENTACION A SECRETARIA

 

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