PROTOCOLO DE QUEJAS
COMISIÓN DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (CRAJ)

Para ser competencia de la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia, la queja deberá estar relacionada con una conducta, acto o resolución contra la libertad, dignidad o independencia del Letrado/a ocurrida en el ejercicio de su labor profesional y realizada por un miembro de la Administración de Justicia, de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado o de policía local.

La queja debe ser remitida al Colegio de la Abogacía, por registro de entrada, fax o e-mail a través del formulario editable: FORMULARIO DE INCIDENCIAS CRAJadjuntando, en su caso, los medios de prueba que fueran pertinentes.

El Presidente/a de la Comisión examinará la recepción de los escritos, por si estos fueran competencia de otra Comisión, y los remitirá a la competente.

Admitida la queja, se abrirá expediente y se le dará un número de entrada interno, asignándose un instructor/a por el Presidente/a.

El instructor/a se pondrá en contacto, caso necesario, con el compañero/a que formuló la queja, acusándole recibo, y ampliando la información o solicitando documentación.

El instructor/a formulará propuesta de resolución a la Comisión, que se someterá a la aprobación de la Junta de Gobierno, en base al siguiente íter:

ARCHIVO

– Si no es competencia de la CRAJ, con remisión a otra Comisión
– Si no es veraz
– Carecer de entidad por sí sola para proceder a su tramitación.

TRAMITACIÓN

1.- Presentación del FORMULARIO DE INCIDENCIAS CRAJ por fax (965.20.07.88) o e-mail (colegio@icali.es)

2.- Se intentará reunión previa con el juez, fiscal, policía, guardia civil, funcionario de la Administración de Justicia… etc frente a la que se formula la queja.

3.- De no ser posible o conveniente, se expondrá la queja a su superior jerárquico o representante, o cualquier otra medida que se considera oportuna.

De ser necesario se expondrá la queja ante el órgano correspondiente: Tribunal Superior de Justicia, Consejo General del Poder Judicial, Dirección General de la Guardia Civil etc..

4.- Del resultado de la queja se dará traslado al compañero/a que la formuló.

Si el asunto perteneciera a un partido judicial distinto al de Alicante, se instruirá el expediente por los Delegados correspondientes, o por los vocales en quienes ellos deleguen.